DIRECCIÓN DE OBRAS
John Sánchez Arroyo
Director de Obras Municipales
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📧 jsanchez.dom@muniteodoro.cl
La Dirección de Obras Municipales, será ejercida indistintamente por un arquitecto, ingeniero civil, constructor civil o ingeniero constructor civil, quien tendrá los siguientes objetivos y funciones generales.
• Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozara de las siguientes atribuciones especificas:
1. Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano rurales.
2. Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción, que en general se efectúen en las áreas urbanas y urbanos rurales. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
3. Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el numero anterior.
4. Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
5. Recibirse de la obras ya citadas y autorizar su uso.
• Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
• Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
• Confeccionar y mantener actualizado el catastro de obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
1. Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
2. Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
3. En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
4. Ejecutar acciones relacionadas con la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.
La Dirección de Obras Municipales, deberá cumplir con las siguientes funciones especificas:
• Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales en los proyectos de obras de construcciones de la comuna;
• Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias, en la ejecución de las obras de edificación, ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones en la comuna;
• Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula la instalación de locales comerciales, establecimientos educacionales, hoteles, restaurantes, y todos los edificios de carácter público..;
• Aprobar los proyectos de subdivisiones de predios urbanos y de urbanización y construcción en general, que se realicen en áreas urbanas y/o urbano rurales incluyendo obras nuevas, ampliaciones y otras que determinen leyes y reglamentos;
• Otorgar los permisos y certificados reglamentarios para la ejecución y recepción de obras de edificación en la comuna;
• Recibir las obras y autorizar su uso.
• Elaborar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
• Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental;
• Realizar tareas de inspección de obras en uso a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que los rigen;
• Cautelar la conservación, reposición y construcción de pavimentos de las calzadas en condición apropiada para la circulación vehicular;
• Cautelar la conservación, reposición y construcción los pavimentos de los espacios de circulación peatonal;
• Elaborar y ejecutar los proyectos de vialidad urbana y rural que corresponda;
• Revisar y aplicar el cumplimiento de las disposiciones del plan regulador en los proyectos, subdivisiones, loteos, urbanizaciones y de construcciones en la comuna;
• Proponer proyectos de construcciones especificas para ocupar espacios en la via publica.
• Elaborar ordenanzas especiales para normar aquellos aspectos que dicen relación con el espacio urbano y urbano rural;
• Proponer la asignación de nombres a nuevas vías y espacios públicos;
• Conservación del patrimonio histórico urbano.
• Diseñar, ejecutar y evaluar el Programa de Caminos Comunales, realizándolo en forma directa o con otros organismos públicos y/o privados;
• Supervisar y controlar la utilización de herramientas de trabajo del personal bajo su dependencia;
• Supervisar y controlar el mantenimiento y reparaciones de los camiones y maquinaria del municipio, verificando el cambio de repuestos, uso de combustible y lubricantes, sin perjuicio de lo indicado en el articulo 82, del presente Reglamento.