SECRETARÍA MUNICIPAL
Ernestina Alvarado Mella
Secretaría Municipal
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La Secretaria Municipal estará a cargo de un secretario municipal, el que deberá cumplir las siguientes funciones:
1. Dirigir las actividades de secretaria administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal;
2. Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales;
3. Desempeñarse como actuario del juzgado de Policía Local.
4. Desarrollar las actividades que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias, registro y certificación Personalidad jurídica indicadas en la Ley N? 19.253, constitución comunidades indígenas, y aquellas que le asigna la Ley Orgánica de Municipalidades, en relación a constitución del Concejo Municipal.
Le corresponderá cumplir al secretario municipal, las siguientes actividades especificas:
1. Transcribir las resoluciones del Alcalde, acuerdos del Concejo.
2. Redactar los oficios, decretos, circulares y comunicaciones que se le encomienden.
3. Levantar acta de cada Reunión del Concejo Municipal.
4. Mantener archivo de la correspondencia reservada, a la cual solo tendrá acceso el Alcalde.
5. Tramitar el ingreso y distribución de la correspondencia recibida en el municipio.
6. Responsable directo de la elaboración y despacho oportuno de informes de su competencia.
7. Supervisar y controlar las funciones de la Oficina de Partes del municipio.